RESOLUCIONES DE DEFENSORIA DEL PUEBLO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES. RESEÑA DE JURISPRUDENCIA.
1) Autos: "Labatón, Ester A C/Estado Nacional y/o Poder Judicial de la Nación S/Amparo".
La Doctora Ester A Labatón, en agosto de 1996 promovió acción de amparo (con el patrocinio letrado de la Asociación de los derechos civiles) contra el Estado Nacional y/o Poder Judicial de la Nación por la omisión incurrida ante la falta de cumplimiento de lo preceptuado en los art 21 y ccdtes de la ley 22431 y su modificatoria ley 24314.
La acción quedó radicada en el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Contencioso-administrativo n° 6, Secretaria n° 11, que condenó al Estado Nacional a través del Poder Judicial de la Nación para que dentro del plazo de 10 días de notificada la sentencia proceda a efectuar las obras necesarias para asegurar la visitabilidad de todos los edificios donde funcionan los tribunales nacionales, en los que la reclamante ejercía su profesión de abogada.
El fallo fue recurrido hasta que intervino la Corte Suprema de Justicia, la que confirmó la sentencia de primera instancia.
2) Autos: " Ferreira Isabel C/ Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires S/ Amparo"
La Doctora Isabel Ferreira, en el mes de diciembre de 1996, promovió acción de amparo (con el patrocinio letrado de la Asociación por los Derechos Civiles) contra el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires reclamando se establezcan los mecanismos para dar cumplimiento a lo dispuesto por el art 43 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que reserva un cupo laboral del 5% de cargos para personas con necesidades especiales en los organismos de la Administración Pública local y en las empresas privadas prestadoras de servicios públicos.
La acción quedó radicada en el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil, que condenó al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires a la creación de un registro de personas con necesidades especiales aspirantes a ingresar en la Administración Pública y a dar a publicidad ese registro y los cargos vacantes a ocupar, en el término de 180 días a partir de la notificación de la sentencia.
La sentencia fue recurrida en apelación, acreditándose la existencia previa del registro aludido creado por Decreto 3649/88, lo que tornó abstracta la petición formulada en tal sentido quedando subsistente la obligación de la publicación de dicho registro y las vacantes existentes.
3) Autos: "Verbrugghe, María Inés C/ Estado Nacional, Ministerio de Economía, Secretaría de Transporte y Otros S/ Amparo"
La profesora María Inés Verbrugghe promovió acción de amparo (con el patrocinio letrado del Centro de Estudios Legales y Sociales) contra el Estado Nacional y otros reclamando la apertura de los accesos a las estaciones ferroviarias en el ramal Retiro-Tigre, concesionado a la Empresa Trenes de Buenos Aires S. A. por considerarlo violatorio de las disposiciones de las leyes 22431, 24314, y su decreto reglamentario 914/97.
La acción quedó radicada ante el Juzgado en lo Contencioso administrativo Federal N° 3, que condenó a la Empresa Trenes de Buenos Aires S.A. a construir accesos alternativos a las barreras de molinetes instaladas en las estaciones del ramal mencionado ‘ y al Estado a fiscalizarlo ‘ en el término de 60 días contados a partir de la notificación de la sentencia, en defensa del derecho a la accesibilidad al transporte publico de la usuaria demandante.
Dicho fallo fue recurrido y confirmado por la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso administrativo Federal, Sala 1.
4) Autos: "Joly, Eduardo D., Ferreres, C. y Felperín A. C/ Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires S/ Amparo"
Los señores Joly, Ferreres y Felperín promovieron Acción de amparo, (con el patrocinio letrado del Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo) contra el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires solicitando la derogación de la Ordenanza N° 46275 que ordenaba el reemplazo de las puertas para ascensores de tipo tijera por las de tipo tablilla reduciendo la luz libre de paso, impidiendo el acceso de los usuarios de sillas de ruedas a los ascensores.
Esto dio como resultado que la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires promulgara la ley N° 161 que dispone adecuar la normativa sobre ascensores de la Ciudad de Buenos Aires a las disposiciones de la Ley Nacional N° 24.314 y su Decreto reglamentario 914/97.
5) Autos: "Campodónico de Beviacqua, Ana Carina c/ Ministerio de Salud y Acción Social - Secretaría de Programas de Salud y Banco de Drogas Neoplásicas s/ Recurso de Hecho".
La Sra. Campodónico de Beviacqua promovió recurso de amparo (con el patrocinio letrado del Defensor Público Oficial del Juzgado Federal de Río Cuarto), contra el Ministerio de Salud y Acción Social y el Banco de Drogas Neoplásicas a fin de obtener la entrega de un medicamento (de nombre comercial "Neutromax 300") que necesitaba su hijo menor de edad, afectado en sus defensas inmunológicas por la enfermedad de Kostman o neutropenia severa congénita.
El magistrado hizo lugar al amparo y condenó al Ministerio de Salud
y Acción Social a entregar las dosis necesarias del remedio prescripto, sin
perjuicio de las gestiones que pudiera realizar para que su provisión se
efectuara mediante la Obra Social a la que estaba afiliada la accionante.
La demandada recurrió el fallo y la Corte Suprema de Justicia de la Nación confirmó la sentencia basándose en las prescripciones de los arts. 33 y 42 de la Constitución Nacional y de las leyes 22.431 y 24.901. (Informe del Dr. Pablo Rosales).
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